Un centro comercial de Perú, negó acceso al baños de mujeres a persona transgénero, siendo multado por el hecho.
Por Diversomos
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8/04/2022
Multado con $230.000 soles peruanos (alrededor de 60.000 dólares), el centro comercial del MegaPlaza de Chimbote (perteneciente a empresa chilena Parque Arauco), por discriminar a mujer transexual, negándole la utilización de los servicios higiénicos de mujeres sin explicación alguna.
Mediante Resolución 0735-2022/SPC- del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), donde la Sala Especializada en Protección al Consumidor del mismo determinó, por unanimidad, que el centro comercial vulneró el artículo 38° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, afectando la dignidad de la denunciante.
La Sala precisó que el “acceso a los servicios higiénicos debe respetar la identidad de género de las personas, la cual está reconocida como un derecho fundamental por nuestra Constitución y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, criterio que, además, es compartido por tribunales de otros países, como Chile y Estados Unidos”, indicó Indecopi en su pronunciamiento.
La entidad señaló que el centro comercial no presentó pruebas que acreditaran que el ingreso de personas transgénero a los servicios higiénicos afectara la seguridad, privacidad y tranquilidad de las personas.
Medidas correctivas de Indecopi
A fin de evitar que se repitan este tipo de hechos, la sala ordenó a MegaPlaza de Chimbote a cumplir con las siguientes medidas correctivas:
Capacitar a su personal en materia de discriminación, haciendo hincapié en la prohibición de discriminación por identidad de género. Dicha capacitación deberá ser impartida por un tercero especialista en temas de discriminación.
Colocar de forma permanente un cartel indicando la prohibición de la discriminación. Este deberá ubicarse en un lugar visible y cercano a los servicios higiénicos del centro comercial.
Fuente: Gestión